Por Stakeholders

Lectura de:

Jorge Melo Vega Castro
Presidente de Responde

Somos conscientes de que en nuestro país es muy débil la cultura ambiental y muy pobre la comprensión del tremendo impacto que ya tiene el cambio climático en nuestras vidas. Más allá de “los ambientalistas” y los expertos en sostenibilidad, la mayoría de las personas, entre las que destacan los propios políticos, no le prestan atención al tema y su actuación no corresponde frente al reto de esta complicada realidad. 

Precisamente, el 28 de julio del año pasado, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró que todas las personas del mundo tienen derecho a un medio ambiente saludable. Es una resolución con mucho contenido y repercusión porque proviene de la recomendación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), en cuyo informe se destaca que el cambio climático es el mayor desafío a los derechos humanos. El cambio climático amenaza el disfrute efectivo de una serie de derechos humanos que incluyen los relacionados con la vida, el agua y el saneamiento, los alimentos, la salud, la vivienda, la autodeterminación, la cultura y el desarrollo. 

Resulta valioso este encuentro, ya que los derechos humanos precisamente existen para promover la dignidad de las personas, y el cambio climático viene con mucha fuerza a trastocar lo poco avanzado en estos derechos a servicios básicos, sobre todo porque afecta a los más vulnerables. Como hemos visto en los últimos años, las empresas adquieren especial relevancia por toda la dimensión ambiental, ya que son los principales agentes contaminantes y eso ha promovido, impulsado por la Cumbre de París del 2015, a un mayor compromiso para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. También ha sido fomentado esto último, desde el 2011, con el mandato de los Principios Rectores en Empresas y Derechos Humanos y el rol activo que exige el proceso de debida diligencia. 

Es concluyente que las empresas tienen un impacto directo en los derechos humanos al contribuir al cambio climático a través de sus emisiones, que repercute en un impacto indirecto, al afectar a las comunidades locales que dependen del medio ambiente para su subsistencia. Los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos ofrecen un conjunto de puntos de referencia para que las partes interesadas evalúen el respeto de los derechos humanos que, para el caso, son las afectaciones de naturaleza socioambiental y el papel protagónico que cumplen los defensores de los derechos humanos. 

Para su adecuado entendimiento, adquiere especial importancia la propuesta del actual relator especial sobre los derechos humanos y el medio ambiente, David R. Boyd, quien ha identificado cinco estándares climáticos asociados a la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos: i) reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de sus propias actividades y filiales; ii) reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en su cadena de suministro; iii) apoyar la transición a una economía baja en carbono; iv) garantizar que sus políticas y prácticas no generen impactos negativos en los derechos humanos relacionados con el cambio climático; y v) informar públicamente sobre sus emisiones y su gestión del cambio climático. Las afectaciones están, los grupos afectados y los instrumentos de quejas y reclamos existen y las empresas cuentan con la debida diligencia para la gestión. Toca ahora que el Estado también cumpla con el mandato de los Principios Rectores en sus tres pilares.







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