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Las estadísticas en nuestro país demuestran que aproximadamente el 33% de los accidentes de tránsito son ocasionados por…

  
Las estadísticas en nuestro país demuestran que aproximadamente el 33% de los accidentes de tránsito son ocasionados por imprudencias de peatones.  Estas son consecuencia de varios factores concurrentes, entre ellos el desconocimiento del Reglamento de Tránsito; contribuye a ello la falta de sanciones eficaces y viables que acompañen al ejercicio de autoridad.

Hasta ahora no se habían planteado y diseñado en el país alternativas concretas para contar con instrumentos viables para sancionar con eficacia a los peatones.- Los sistemas tradicionales de sanción pecuniaria a peatones infractores han fracasado en el Perú y en muchos países de América Latina.

CEPADESA dentro del alcance de sus fines y compromiso con el país de aportar soluciones a la problemática económica y social,  presenta una  propuesta viable y efectiva para sancionar al peatón, mediante la realización de trabajos comunitarios con tareas de efectiva ejecución encomendadas por los municipios.

Nuestra propuesta es la de implementar procedimientos en los que se articule adecuadamente las funciones de la policía de tránsito, las responsabilidades del peatón y las acciones de los municipios.- La policía de tránsito emitirá la papeleta al peatón infractor en un formato que hemos diseñado adecuado para su ingreso a un sistema computarizado a través de lectora óptica;  y cuyo modelo adjuntamos en el presente Estudio, papeleta en la que se consignará el trabajo comunitario que deberá realizar el peatón infractor, el mismo que referenciado a una tabla de opciones codificadas estipuladas en el reverso de la papeleta, establecerá el tipo de trabajo según el tipo de infracción, la edad, sexo, aptitud física y grado de instrucción del peatón. La papeleta hace mención del municipio donde se realizará el trabajo comunitario, que es el de la jurisdicción donde se cometió la infracción, con la fecha límite para acercarse a recibir instrucciones para el trabajo comunitario.

Para garantizar el cumplimiento de la sanción se daría un plazo de 60 días calendario para el cumplimiento del trabajo comunitario, una vez vencido el plazo y no cumplida la sanción el municipio quedaría facultado para convertir la sanción de trabajo comunitario a deuda tributaria municipal con las facultades coactivas que le brinda el Servicio de Administración Tributaria (SAT), convirtiéndose este caso en un procedimiento similar al seguido con los choferes infractores.
 
Hemos diseñado un formato de papeleta muy funcional y efectivo.- El formato ha sido diseñado para un alcance nacional y con facilidad de lectura computarizada para que su información pueda fácilmente migrar a una base de datos de infracciones.- Para su configuración se ha tenido en cuenta los formatos que viene usando la Policía Nacional del Perú en la aplicación de papeletas a vehículos; la papeleta se ha diseñada en anverso y reverso, de modo que contenga la información requerida para la aplicación efectiva de la sanción bajo el esquema de trabajo comunitario.

 

Fuente:
Contenido: CEPADESA
Imagen/Foto: www.larepublica.pe







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