El Ministerio de Salud, a través de DIGESA y DIGEMID, será responsable de supervisar la adecuación de las industrias a la nueva norma.

La decisión peruana se alinea con la regulación de Estados Unidos y representa un avance en la defensa de los derechos del consumidor.
La decisión peruana se alinea con la regulación de Estados Unidos y representa un avance en la defensa de los derechos del consumidor.

Por Stakeholders

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El Congreso de Perú dio un paso decisivo en la protección de la salud pública al aprobar la prohibición del colorante sintético rojo 3 o eritrosina, un aditivo utilizado en alimentos y medicamentos que ha sido vinculado con el desarrollo de cáncer en estudios experimentales.

La medida, respaldada por la Comisión de Defensa del Consumidor (Codeco), sigue el ejemplo de la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA), que retiró este compuesto tras comprobar su potencial cancerígeno.

¿Cuándo entrará en vigencia la prohibición del colorante rojo 3 en Perú?

De acuerdo con la norma aprobada, la restricción del colorante rojo 3 entrará en vigor el 15 de enero de 2027 para productos alimenticios y un año después para los farmacéuticos, dando tiempo a industrias para reformular sus productos.

«No podemos permitir que sustancias con indicios razonables de causar daño sigan en circulación», señaló la congresista Katy Ugarte, presidenta de la comisión, quien destacó que la decisión responde al principio precautorio.

En el contexto peruano, la medida afectará a diversos productos procesados como galletas, gelatinas y bebidas, que deberán ser reformulados para cumplir con la nueva normativa.

Perú elimina el colorante rojo 3 por riesgo cancerígeno

El texto sustitutorio aprobado por la comisión reúne seis proyectos de ley presentados por los congresistas Edgar Reymundo, Lucinda Vásquez, Manuel García, Sigrid Bazán, Guido Bellido y Katy Ugarte.

Todos coincidieron en la necesidad de reforzar la protección sanitaria y los derechos del consumidor frente al uso de colorantes artificiales.

Asimismo, la norma dispone que su implementación y vigilancia sean responsabilidad de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) y la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), ambas dependientes del Ministerio de Salud, con el fin de garantizar el control del uso de ingredientes químicos en la producción nacional.

Aunque una de las propuestas iniciales planteaba incluir una advertencia visible en los envases con la frase: «Contiene eritrosina: evitar su consumo», esta disposición fue finalmente descartada del texto final.

Aun así, la prohibición total de la sustancia pública y defensa del consumidor, alineando al Perú con los estándares internacionales más estrictos en seguridad alimentaria.

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