Por Stakeholders

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El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el marco de su función de supervisión a entidades de fiscalización ambiental (EFA), ha verificado que la mayoría de los gobiernos regionales, muchas veces por desconocimiento, no realizan acciones de fiscalización ambiental en el sector turismo.

En tal sentido, el OEFA ha emitido el Informe N° 015-2015-OEFA/OAJ, en el que se señala que la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales le da la competencia a los gobiernos regionales en materia de fiscalización ambiental del sector turismo, teniendo atribuciones para supervisar, fiscalizar y sancionar el adecuado cumplimiento de las normas ambientales en la actividad turística, dentro de sus respectivas jurisdicciones.

En el caso de Lima Metropolitana y el Callao, esta tarea se encuentra a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), en tanto no transfiera dichas funciones en el marco del proceso de descentralización.

En este contexto, el OEFA –como ente Rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental– exhorta a los gobiernos regionales a hacer efectiva la función supervisora que les corresponde en el sector Turismo, para garantizar el cumplimiento de la legislación ambiental a nivel nacional.







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