Las personas mayores de 70 años accederán al beneficio del medio pasaje en los transportes públicos urbanos e interurbanos. Así lo aprobó la Comisión de Mujer y Familia del Congreso de la República mediante un dictamen que modifica la Ley de la Persona Adulta Mayor.
La norma, liderada por Milagros Jáuregui y respaldada por el grupo de trabajo, establece que el costo de los pasajes no debe exceder el 50% para este grupo etario, garantizando así un acceso más equitativo y asequible a los servicios de transporte.
“Los cambios tienen como objetivo fundamental garantizar que nuestros adultos mayores vivan con dignidad, respeto y plenitud”, manifestó la congresista.
Además del beneficio del medio pasaje, el dictamen también incluye medidas para mejorar el acceso a la atención médica para las personas mayores. Se prevé la implementación de servicios de atención móvil en todo el territorio nacional.
Cabe mencionar que más de 5 millones de adultos mayores de 60 años residen en Perú, con aproximadamente 1.1 millones viviendo en condiciones de pobreza y pobreza extrema, según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
¿Qué se entiende por adulto mayor?
El término «adulto mayor» hace referencia a la etapa de la vida que sigue a la edad adulta y precede a la vejez. Esta definición puede variar según factores culturales y contextuales, pero generalmente se refiere a personas que han superado cierta edad, comúnmente mayores de 65 años en muchos países.
Este segmento de la población enfrenta desafíos específicos relacionados con el envejecimiento, como la salud física y mental, la seguridad financiera y la participación en la sociedad. Dado el envejecimiento de la población en muchos lugares del mundo, la atención y el reconocimiento de las necesidades de los adultos mayores son cada vez más importantes en las políticas públicas y sociales.