La SPC confirmó una multa de 117,68 UIT tras determinar que productos que destacaban “atún” o “pollo” incluían mezclas de otras carnes y subproductos.

Indecopi confirmó una multa de 117,68 UIT contra Nestlé tras comprobar que 28 alimentos para mascotas destacaban ingredientes como “atún” o “pollo” pese a contener mezclas de otras carnes. Foto: Stakeholders.
Indecopi confirmó una multa de 117,68 UIT contra Nestlé tras comprobar que 28 alimentos para mascotas destacaban ingredientes como “atún” o “pollo” pese a contener mezclas de otras carnes. Foto: Stakeholders.

Por Stakeholders

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La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi confirmó una contundente sanción contra Nestlé Perú S.A. por brindar información que inducía a error sobre la composición real de veintiocho alimentos para gatos y perros.

La multa asciende a 117,68 UIT (S/ 629 588) y deriva de una denuncia presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash (ACUREA), que alertó inconsistencias entre los nombres de los productos y los ingredientes que realmente contenían.

¿Qué señala la resolución de Indecopi contra Nestlé?

La resolución señala que varias etiquetas destacaban ingredientes como “atún”, “pollo” o “salmón”, pese a incluir combinaciones de otras carnes.

Entre los casos más representativos figuran Dog Chow Salmón —que incorporaba, además del salmón, hígado y vísceras de cerdo, carne de pollo, atún y carcasa de pollo— y Felix Classic con Atún, que añadía menudencias de pollo y cerdo, salmón y sardina. Solo dos productos fueron excluidos al comprobarse que su denominación sí correspondía con su composición.

Además de la sanción económica, Indecopi ordenó a Nestlé retirar del mercado los 28 productos cuestionados en un plazo de 60 días hábiles, salvo que corrija el etiquetado mediante stickers u otros mecanismos.

También dispuso la publicación de un aviso en las redes sociales de la empresa por 30 días hábiles y su inscripción en el Registro de Infracciones y Sanciones (RIS).

Un punto clave es que el 26,5% de la multa será transferido a ACUREA, tal como estipula la normativa aplicable. “La Asociación de Consumidores y Usuarios de la Región Áncash recibirá el 26,5% de la multa impuesta a Nestlé”, precisa la resolución.

Nestlé solicitó que cierta información de ventas y márgenes fuera declarada confidencial, lo cual fue aceptado de manera indefinida.

Objeciones de Nestlé y respuesta de la Sala

Durante el proceso, Nestlé alegó vulneraciones al debido procedimiento, errores en la metodología del cálculo del beneficio ilícito y solicitó reducir la multa a 10,64 UIT. También cuestionó la interpretación del estudio de Lammers.

La Sala rechazó todos los argumentos y validó la metodología empleada.

La multa se calculó bajo el “método ad hoc” del Decreto Supremo 032-2021-PCM, estimando un beneficio ilícito de S/ 270 330,56. Indecopi determinó que las ventas de los productos involucrados sumaron S/ 22,9 millones, con un margen operativo de 12,62%. Se aplicó un factor neto de incremento de ventas del 23,82%, basado en el estudio de Lammers (2000).

La Sala no aplicó agravantes adicionales por la prohibición de reformatio in peius.

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