El texto legislativo modifica el lenguaje inclusivo, otorga mayor control a los padres en la educación de sus hijos y desconoce los compromisos internacionales del Perú sobre igualdad de género.

La Comisión de la Mujer del Congreso aprobó un dictamen que reemplaza el término “género” por “hombres y mujeres” en la Ley de Igualdad de Oportunidades.
La Comisión de la Mujer del Congreso aprobó un dictamen que reemplaza el término “género” por “hombres y mujeres” en la Ley de Igualdad de Oportunidades.

Por Stakeholders

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La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso aprobó el dictamen de la nueva «Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres», que elimina toda referencia al término «género» y limita la participación de organizaciones no gubernamentales (ONG) en la capacitación de miembros del Poder Judicial.

Dicha iniciativa fue promovida por la congresista de Renovación Popular, Milagros Jáuregui, y fue respaldada por nueve legisladores durante la sesión del 3 de octubre, generando amplias críticas por parte de los colectivos y especialistas en derechos humanos.

¿Qué establece la nueva Ley de Igualdad Oportunidades en el Perú?

El proyecto de ley N.º 8731 plantea reemplazar expresiones como «enfoque de género» por «enfoque de igualdad entre hombres y mujeres», así como eliminar el uso del lenguaje inclusivo en documentos oficiales. Además, busca reforzar el derecho de los padres a influir en la educación moral y religiosa de sus hijos.

«El uso de lenguaje inclusivo no implica el desdoblamiento del lenguaje para referirse a mujeres y hombres. Se entiende como desdoblamiento del lenguaje la mención por separado del masculino y del femenino en el mensaje cuando exista un término genérico que ya incluya a ambos», se indica en el dictamen.

El documento también restringe la participación de organización no gubernamentales (ONG) en la formación de los miembros del Poder Judicial. «Bajo ninguna circunstancia se encuentra permitido que los programas de formación y capacitación sean brindados por organizaciones no gubernamentales cuyos integrantes participen en demandas o denuncias tanto en fueros nacionales como internacionales», señala el texto aprobado.

Otro de los puntos centrales establece que el Ejecutivo, los gobiernos regionales y municipales deben “respetar el derecho de los padres o tutores a participar del proceso educativo de sus hijos, cautelando que reciban la educación de acuerdo a sus convicciones morales y religiosas”.

Asimismo, el dictamen dispone que hasta que se aprueben nuevas políticas o planes, “toda mención al enfoque de género, enfoque de equidad de género o enfoque de igualdad de género se entenderá como enfoque de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres”.

Críticas por desconocer compromisos internacionales

El dictamen impulsado por Renovación Popular ha generado críticas, ya que desconoce los tratados internacionales en materia de igualdad y derechos de las mujeres suscritos por el Perú. En cambio, se limita a los lineamientos de la Constitución Política.

El artículo 5 del documento, referido a las funciones del Poder Legislativo, plantea que el Congreso debe “aprobar normas que garanticen los derechos de igualdad entre mujeres y hombres, a nivel laboral, económico, cultural, social, político y en cualquier otra esfera; acorde con la Constitución Política del Perú, incorporando la equidad de mujeres y hombres”. Esto supone un cambio respecto a la actual ley, que exige la alineación con los tratados internacionales que incorporan la equidad de género.

Por último, la propuesta establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) será el encargado de coordinar y vigilar la aplicación de la ley en caso de ser promulgada, así como de elaborar el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres cada cinco años.

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