Por Stakeholders

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Gremio señala que en las condiciones actuales, solo pueden acceder al programa 88,000 empresas formales; otras 262,000 podrían quedarse sin acceso a estos recursos.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL), advirtió que solo 88,000 empresas podrán acceder a los créditos del Programa Reactiva Perú (DL 1455), que cuenta con S/ 30,000 millones. Esto a diferencia de lo señalado por el presidente Martín Vizcarra, quien afirmó que beneficiaría a 350,000.

En tal sentido, el gremio más representativo del empresariado peruano solicitó urgentemente realizar las siguientes modificaciones al DL 1455 – Reactiva Perú:

  1. Que la Garantía del Gobierno Nacional sea del 100%, retomando el espíritu original de la medida aprobada por el Banco Central de Reserva (BCR), a fin de facilitar el proceso fluido de aprobación de los créditos por parte de los Bancos y Entidades del Sistema Financiero.
  1. Que se fije en hasta 2% anual la tasa de interés que los Bancos y Entidades del Sistema Financiero cobren por los créditos que se otorguen bajo el Programa Reactiva Perú, pudiendo dichas entidades convenir con los clientes en una tasa menor.
  1. Que se simplifique el proceso de desembolso de los créditos del Programa Reactiva Perú para que los mismos estén efectivamente desembolsados en los próximos 10 días.
  2.  Que habiéndose extendido el plazo de la cuarentena Covid-19, se defina que la Garantía del Gobierno Nacional sea de SEIS veces el monto pagado a EsSalud en el 2019 o DOS veces el promedio mensual de ventas del 2019, el que sea mayor.
  3. En cuanto a la deuda en cobranza coactiva, que se modifique el DL 1455, estableciendo que la empresa beneficiaria no tenga deudas coactivas administradas por la SUNAT al 29 de febrero, que superen el 30% del monto de la Garantía del Gobierno Nacional.
  4. En cuanto a la calificación crediticia, que se modifique el DL 1455, para que: 1) se requiera que la empresa que solicite el crédito no tenga en total Deudas Registradas en la SBS, con calificación Deficiente, Dudoso o Pérdida que superen el 30% del monto de la Garantía del Gobierno Nacional y, 2) que se considere con calificación Normal a aquellas empresas Sin Calificación en la SBS.

 







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