El Gobierno de Keiko Fujimori oficializó días no laborables compensables por la visita del papa León XIV al Perú, prevista del 11 al 16 de noviembre de 2026. La disposición, establecida mediante el Decreto Supremo N.° 020-2026-TR, alcanza a trabajadores del sector público y privado en las regiones donde se desarrollarán las actividades del sumo pontífice.
La medida aplicará en Lima y Callao los días 11, 12 y 16 de noviembre; en Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura los días 13 y 14; y en Cusco y Ucayali el 15 de noviembre. A diferencia de un feriado, las horas no trabajadas deberán ser compensadas posteriormente, según las reglas establecidas para cada sector.
Papa León XIV en el Perú: ¿qué días serán no laborables?
El decreto establece las siguientes fechas para los trabajadores públicos y privados de las regiones comprendidas en la medida:
Lima y Callao
- Miércoles 11 de noviembre, desde la 1:00 p. m. hasta la medianoche.
- Jueves 12 de noviembre, desde la 1:00 p. m. hasta la medianoche.
- Lunes 16 de noviembre, durante toda la jornada.
Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura
- Viernes 13 de noviembre.
- Sábado 14 de noviembre.
Cusco y Ucayali
- Domingo 15 de noviembre.
Estas fechas buscan facilitar la participación de la población en las actividades programadas durante la visita apostólica del pontífice. La disposición se aplica de acuerdo con el ámbito geográfico y las condiciones previstas en el Decreto Supremo N.° 020-2026-TR.
¿Los trabajadores del sector privado tendrán días libres?
En el sector privado, la aplicación de los días no laborables requiere un acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Ambas partes también deberán establecer cómo recuperarán las horas que dejen de trabajar.
Si no llegan a un consenso, el empleador decidirá si aplica la medida y cómo se compensarán las horas, conforme a las disposiciones del decreto.
En el sector público, las horas no trabajadas deberán recuperarse dentro de los diez días posteriores o en la oportunidad que determine el titular de cada entidad, según las necesidades del servicio.
Por ello, los trabajadores deben tener en cuenta que la declaración de días no laborables no significa que puedan dejar de trabajar sin compensar posteriormente ese tiempo.
¿Qué trabajadores podrían tener que seguir laborando?
El decreto contempla excepciones para garantizar la continuidad de los servicios esenciales y de otras actividades económicas relevantes para la comunidad.
Entre ellas figuran los servicios de salud, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, gas, comunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, hospedaje, restaurantes, seguridad y vigilancia. También se incluyen los servicios financieros, la pesca y el abastecimiento de alimentos, entre otras actividades.
Las entidades públicas deberán adoptar las medidas necesarias para mantener los servicios indispensables. Por su parte, las empresas privadas comprendidas en estos supuestos podrán determinar qué puestos y trabajadores deben continuar sus labores durante las fechas declaradas no laborables.
En consecuencia, la medida no garantiza que todos los trabajadores de las regiones comprendidas tengan descanso efectivo. La naturaleza de la actividad y las disposiciones de cada empleador también serán relevantes para determinar quiénes deberán trabajar.
¿Cuándo llegará el papa León XIV al Perú?
La visita apostólica del papa León XIV está programada del 11 al 16 de noviembre de 2026 e incluye actividades en Lima, Callao, Chiclayo, Cusco y Pucallpa.
El itinerario contempla encuentros con autoridades, representantes de la sociedad civil, miembros de la Iglesia católica y fieles. Entre las actividades previstas figuran una misa multitudinaria en Pimentel, en la región Lambayeque, y encuentros pastorales en Cusco y Pucallpa.
El Gobierno estableció los días no laborables para facilitar los desplazamientos y la participación de la población en las actividades vinculadas con la visita del pontífice. No obstante, los trabajadores deberán revisar las condiciones aplicables a su región y sector para conocer si podrán acogerse a la disposición y cuándo deberán recuperar las horas pendientes.









