Osiptel aprobó medidas temporales para evitar la suspensión de líneas móviles por falta de recargas o pagos en zonas declaradas en emergencia por El Niño 2026-2027.

Indecopi recordó que los consumidores de Piura y Tumbes mantienen sus derechos durante las emergencias por lluvias. Foto: Stakeholders.

Por Stakeholders

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Las emergencias provocadas por las lluvias asociadas al Fenómeno El Niño pueden afectar tanto los servicios básicos como la economía de las familias. Ante este escenario, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó medidas extraordinarias para facilitar la continuidad de los servicios móviles en las zonas declaradas en emergencia. Por su parte, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó que los derechos de los consumidores de Piura y Tumbes continúan vigentes durante estas situaciones.

Las disposiciones de Osiptel figuran en la Resolución N.° 000133-2026-CD/OSIPTEL, publicada el 19 de octubre en el diario oficial El Peruano. La norma establece medidas temporales para evitar que los usuarios pierdan sus líneas o los beneficios de sus recargas durante el periodo de emergencia. Estas disposiciones se aplican a los ámbitos geográficos comprendidos en las declaraciones de estado de emergencia vinculadas al Fenómeno El Niño 2026-2027.

¿Qué pasará con los saldos y promociones de celulares durante El Niño?

Los usuarios de telefonía móvil prepago podrán conservar sus saldos y promociones, incluso cuando su fecha de vencimiento coincida con el periodo de aplicación de las medidas extraordinarias. Además, las operadoras no podrán suspender ni dar de baja estas líneas por falta de recargas o de uso durante dicho periodo.

Si una empresa no puede garantizar esta continuidad por razones técnicas, podrá ofrecer mensajes de texto gratuitos como alternativa.

La norma también contempla medidas para quienes cuentan con planes pospago. Cuando exista riesgo de suspensión o baja por falta de pago, las operadoras deberán migrar temporalmente el servicio a la modalidad prepago, siempre que resulte técnicamente posible.

Este cambio no generará penalidades ni cargos adicionales por la migración. Sin embargo, los usuarios deberán cumplir con las obligaciones económicas acumuladas antes del cambio de modalidad.

Asimismo, las empresas podrán ofrecer el fraccionamiento de las deudas pendientes a solicitud del titular, bajo las condiciones que establezca cada operadora dentro del marco normativo vigente.

Reposición de chips y líneas temporales para zonas de emergencia

Las medidas aprobadas por Osiptel también buscan facilitar el acceso a la conectividad en las localidades afectadas por las lluvias.

Para ello, las operadoras podrán habilitar canales excepcionales para solicitar la reposición de tarjetas SIM e instalar módulos itinerantes de contratación de servicios móviles en centros de operaciones de emergencia u otros espacios similares, previa coordinación y autorización de las autoridades competentes.

La disposición también contempla la habilitación de líneas prepago temporales para las personas afectadas. Estos servicios se darán de baja dentro de los 30 días calendario posteriores al término del estado de emergencia, salvo que Osiptel establezca un plazo diferente.

Otra medida permite habilitar la función de los teléfonos celulares que comparte la conexión a internet con otros dispositivos, conocida como tethering, de acuerdo con las condiciones y restricciones que establezca cada empresa.

Estas alternativas buscan facilitar la comunicación cuando las emergencias dificultan el acceso habitual a los servicios móviles. Las operadoras, además, deberán informar a Osiptel sobre la aplicación de las medidas y reportar las migraciones a prepago, las contrataciones temporales y las reposiciones de tarjetas SIM realizadas por canales excepcionales.

Las disposiciones tendrán una aplicación territorial y temporal específica. Osiptel también podrá delimitar zonas concretas para implementar las medidas durante un plazo máximo de tres meses.

Indecopi recuerda los derechos de los consumidores de Piura y Tumbes

En paralelo, Indecopi recordó que los consumidores de Piura y Tumbes mantienen sus derechos durante las emergencias ocasionadas por las lluvias. La declaración de un estado de emergencia no elimina las obligaciones de los proveedores ni impide que las personas exijan el respeto de sus derechos.

La protección abarca distintos ámbitos de consumo, incluidos los servicios públicos y la atención de necesidades esenciales. Por ello, es importante distinguir qué entidad supervisa cada servicio y a qué institución corresponde acudir ante un eventual incumplimiento.

En el caso de los servicios de telecomunicaciones, Osiptel es el organismo regulador competente. Para otros servicios públicos, la supervisión puede corresponder a entidades como la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) o el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), según el sector involucrado.

El Portal del Consumidor de Indecopi recuerda que los derechos fundamentales de los usuarios de servicios públicos son irrenunciables y no pueden eliminarse mediante acuerdos entre consumidores y proveedores.

¿Qué hacer si una empresa incumple sus obligaciones durante una emergencia?

Los consumidores deben identificar primero el servicio afectado y conservar los documentos que permitan acreditar el problema, como recibos, contratos, comprobantes de pago, comunicaciones y registros de sus solicitudes.

Si el inconveniente corresponde a un servicio público regulado, pueden acudir al organismo supervisor competente para recibir orientación o presentar un reclamo. En los demás casos de consumo, Indecopi ofrece canales de consulta y mecanismos para tramitar reclamaciones.

La entidad también cuenta con una guía para orientar a las personas sobre las instituciones a las que deben acudir ante problemas relacionados con servicios básicos, salud, educación, banca y otros ámbitos durante una emergencia.

El organismo ha recordado, además, que los establecimientos de salud deben brindar atención inmediata en situaciones de grave riesgo para la salud, sin exigir pagos previos ni documentos de identidad mientras dure la emergencia. En cuanto a los servicios de agua y electricidad, las empresas no deben cobrar por periodos en los que no prestaron el suministro y deben compensar las interrupciones injustificadas en los recibos correspondientes, según las condiciones aplicables.

En un contexto de lluvias intensas y riesgos asociados al Fenómeno El Niño, las medidas de Osiptel y el recordatorio de Indecopi apuntan a proteger la continuidad de servicios y los derechos de la población. Los usuarios deben revisar las condiciones específicas de cada disposición, verificar si su localidad está comprendida en el estado de emergencia y recurrir a la entidad competente cuando una empresa incumpla sus obligaciones.

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