La SUNAT oficializó la digitalización de los trámites de adjudicación, donación y destino de bienes; desde el 4 de mayo de 2026, todas las solicitudes deberán gestionarse exclusivamente mediante un aplicativo informático con Clave SOL.

Solo las donaciones a entidades públicas no empresariales o a organizaciones sin fines de lucro registradas serán deducibles de impuestos, siempre que se emita el Comprobante de Recepción de Donaciones.

Por Stakeholders

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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) oficializó la entrada en funcionamiento de un aplicativo informático exclusivo para la atención de solicitudes de adjudicación, donación y destino de bienes.

La medida, establecida en la Resolución de Superintendencia N° 000077-2026/SUNAT, entró en vigencia el 4 de mayo y convierte al sistema digital en el único canal válido para estos trámites.

¿Cuál es el cambio que la SUNAT aplicará a las donaciones?

El aplicativo está disponible en la página web institucional y permite el registro automático con la Clave SOL, eliminando trámites físicos. Los bienes pueden seleccionarse directamente desde el catálogo digital y las solicitudes se remiten de manera inmediata a la sede correspondiente. “La herramienta busca agilizar, transparentar y hacer más eficiente la gestión de bienes”, señala la resolución.

El superintendente nacional Javier Eduardo Franco Castillo suscribió la disposición y destacó que “la medida busca brindar un servicio de calidad y transparencia a los usuarios”.

La SUNAT precisó que cualquier solicitud presentada antes del 4 de mayo seguirá su curso bajo el procedimiento anterior, conforme a la Resolución N° 000031-2025/SUNAT. “Las solicitudes anteriores se tramitarán según el procedimiento vigente en el momento de su presentación”, indica el texto oficial.

Los requisitos y su impacto en los donantes

La normativa establece que solo las donaciones realizadas a entidades del sector público —excluyendo empresas estatales— o a organizaciones sin fines de lucro calificadas como perceptoras ante SUNAT pueden ser deducidas de impuestos. “La donación debe ir a entidades calificadas por SUNAT”, señala la norma.

Para que una donación sea aceptada como deducible, es obligatorio emitir un Comprobante de Recepción de Donaciones, documento que detalla la identidad del donante y la descripción precisa del bien donado.

En el caso de donaciones en efectivo, se recomienda realizar transferencias bancarias, especialmente cuando los montos superan los 2,000 o 3,000 soles, con el fin de garantizar transparencia y trazabilidad. Las empresas pueden deducir hasta el 10% de la renta neta por concepto de donaciones.

La digitalización de los procesos busca reducir tiempos, fortalecer la transparencia y garantizar que las donaciones lleguen a entidades registradas y calificadas.

Con esta medida, SUNAT redefine el marco de adjudicaciones y donaciones en Perú, generando un impacto directo en donantes, beneficiarios y comunidades que dependen de estos bienes para su desarrollo.

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