Los padres no podrán ser despedidos de sus empleos hasta que su hijo cumpla un año de edad, esto luego de que el Congreso de la República haya aprobado un dictamen, recaído en ocho proyectos de ley, por el que proponen medidas para proteger a la madre y al padre que trabaja en el sector público y privado.
Esta disposición respaldada por una amplia mayoría en el Congreso, 101 votos a favor, busca asegurar la estabilidad laboral de los padres durante los primeros y cruciales meses de vida de sus hijos.
La norma aprobada establece que los padres no podrán ser despedidos de sus centros de trabajo hasta que su hijo cumpla un año de edad, a menos que existan causas justificadas para ello. Esta disposición protege especialmente a aquellos padres cuyas parejas no cuenten con empleo, garantizando así la estabilidad económica de la familia en sus primeros meses de vida del bebé.
La medida también contempla la no renovación de contratos y actos de hostilidad durante el período de gestación y hasta el año de lactancia. Sin embargo, se mantiene la posibilidad de despido por causa justa, siempre y cuando el empleador pueda demostrar que la medida es justificada.
En cuanto a la licencia por paternidad, la nueva ley establece un periodo de 15 días calendario consecutivos para los padres en casos de parto natural o cesárea. Durante los primeros diez días, el empleador continuará pagando la remuneración, mientras que los cinco días restantes serán subsidiados por el Seguro Social de Salud (EsSalud).
Adicionalmente, se otorga a las mujeres gestantes o madres lactantes el derecho a solicitar el cambio de modalidad de trabajo, pasando de presencial a teletrabajo si así lo requieren por razones de salud o cuidado del bebé.
La aprobación de esta ley representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de los padres y en la promoción de una cultura de equidad y conciliación entre la vida laboral y familiar.