El diputado de Renovación Popular, Christian Aranda, expuso en su cuenta de X los datos de una ciudadana que solicitó un presunto aborto terapéutico, legal en Perú desde 1924, en el Hospital Regional Guillermo Díaz de la Vega de Abancay. La publicación generó cuestionamientos por parte de colectivos feministas y abogadas, quienes calificaron de ilegal y contrario a la protección de la privacidad de las pacientes.
El legislador envió un oficio al hospital solicitando “información y verificación de cumplimiento de requisitos legales y médicos” sobre el procedimiento. Sin embargo, de acuerdo con la Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública, en su artículo 17, señala que la información referida a la salud personal está comprendida dentro de la intimidad personal. Siguiendo con el decreto, en el artículo 18, indica que el «Congreso solo puede tener acceso a cierta información mediante una Comisión Investigadora».
Aunque aseguró que no difundió la identidad de la mujer, el periodista Cristian Rebosio compartió el documento y señaló que sí contenía el nombre. “No mienta, congresista. Esta fue la imagen que subió y ahí, donde yo tapé, estaba el nombre de la mujer. Lo subió sabiendo que hay grupos de fanáticos religiosos que podrían acosarla”, afirmó el comunicador.
Ante las críticas, Aranda precisó que su propósito no es acceder a información clínica confidencial ni intervenir en decisiones médicas. “Ante una denuncia que llegó a mi despacho, consideré necesario ejercer mi función de fiscalización y poner énfasis en que cualquier procedimiento debe realizarse cumpliendo estrictamente las condiciones establecidas por la legislación y los protocolos sanitarios vigentes”, justificó. Añadió que “fiscalizar es velar por el cumplimiento de la ley, respetando siempre la privacidad, las competencias de los profesionales de la salud y los derechos de las personas”.
El oficio cuestionado diputado de Renovación Popular
En el documento, Aranda mencionó que recibió una denuncia sobre una intervención programada a una mujer con 20 semanas de gestación. “La gravedad de los hechos exige que cualquier actuación médica vinculada a la interrupción de embarazo sea sometida al más estricto cumplimiento del marco legal, los protocolos médicos aplicables y las garantías que correspondan tanto a la gestante como a la vida humana en gestación”, señaló.

El congresista citó el procedimiento CIE 10:O04, que contempla la interrupción del embarazo menor de 22 semanas únicamente bajo los supuestos establecidos y cuando constituya el medio necesario para salvar la vida de la gestante o evitar un daño grave.
Para la abogada Josefina Miró Quesada señaló que los datos requeridos por el parlamento “son confidenciales y están protegidos x la Constitución y la ley”.
“Los médicos están obligados a no revelar info clínica por el secreto profesional (violarlo es delito). El aborto terapéutico es un derecho. Es desgastante tener que defender una y otra vez lo mínimo para preservar la vida/salud de las mujeres 102 años despues de despenalizarlo en Perú”, señaló en su cuenta de X.
Por ello, pidió al hospital información documentada sobre la evaluación médica integral, el diagnóstico que sustente la condición de la paciente, los informes y exámenes realizados, los criterios clínicos utilizados, la conformación de la junta médica, la constancia de consejería y consentimiento informado, así como el registro completo de la historia clínica y el protocolo normativo aplicado.
Aranda advirtió que pondrá en conocimiento del Ministerio Público el caso si se confirma que la intervención fue autorizada “sin contar con el debido sustento médico”. “Como diputado de la República, reafirmo mi deber de ejercer una fiscalización firme sobre cualquier actuación de los establecimientos públicos de salud que pueda comprometer derechos fundamentales y, particularmente, la protección de la vida humana desde la concepción”, concluyó en su oficio.









