De acuerdo al abogado Franco Muschi, tras la aprobación de la norma que prohíbe fumar o vapear en determinados lugares, las empresas deberán actualizar su normativa interna.

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Por Stakeholders

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Tras la publicación de la Ley N.° 32159, que regula el consumo de tabaco y vapeo en espacios laborales y públicos y coloca al país en línea con los estándares internacionales promovidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se analizan las implicancias de la norma en el ejercicio del trabajo presencial y el teletrabajo.

Franco Muschi, socio del área laboral de Garrigues, destacó el impacto de la ley en las relaciones laborales y su importancia en la actualización de políticas internas en las empresas. Según el artículo 6.1 de la ley, se prohíbe fumar o vapear en lugares de trabajo, espacios públicos cerrados, medios de transporte público y establecimientos dedicados a la salud o educación.

La normativa redefine el concepto de lugar de trabajo, abarcando desde oficinas y cafeterías hasta vehículos de trabajo y edificaciones anexas, lo que conllevará, según el abogado, a que las empresas actualicen su normativa interna. “Los empleadores deberán efectuar una revisión y actualización de su Reglamento Interno de Trabajo (RIT), adecuando las disposiciones sobre consumo de tabaco y SEAN (sistemas electrónicos de administración de nicotina)”, explica.

¿Qué sucede con el teletrabajo?

Al respecto, el abogado laboralista señala que la norma tendría un menor alcance al tratarse del trabajo remoto. “El domicilio del teletrabajador constituye una limitación para dicha prohibición. No se debe perder de vista el carácter privado y personal, así como el derecho a la intimidad del colaborador”, apunta este experto en derecho laboral.

En este contexto, el Reglamento de la Ley de Teletrabajo establece que la supervisión del empleador se limita al espacio habilitado para el teletrabajo, sin invadir otras áreas del domicilio. 

Para cumplir con la normativa, el experto sugiere que las empresas deberán actualizar sus reglamentos e implementar medidas complementarias. «La regulación laboral interna debe garantizar no solo la prestación de servicios en un ambiente seguro y libre de tabaco (y SEAN), sino también fomentar la educación sobre los riesgos asociados», concluye el socio de Garrigues.







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