Por Stakeholders

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La Responsabilidad Social (RS) tiene varias aristas, partiendo del punto de vista de quienes pretenden que las únicas instituciones socialmente responsables en el país…

La Responsabilidad Social (RS) tiene varias aristas, partiendo del punto de vista de quienes pretenden que las únicas instituciones socialmente responsables en el país deben ser las empresas, hasta quienes manifestamos que no puede haber una política de RS coherente si sólo se busca el compromiso del empresariado. La RS tendrá un espacio y viabilidad futura sólo si participan todos los estamentos de la vida en sociedad.
 
En un país como el nuestro, en el que la generación de capital aún no es suficiente como para satisfacer las exigencias normativas de la formalidad, pretender que el conjunto del empresariado “vaya más allá de la exigibilidad de la ley”, es francamente desfasado. Los juristas suelen decir: “si la ley le da las espaldas a la realidad, pronto la realidad le dará las espaldas a la ley” y eso es precisamente lo que ocurre en el Perú.

El costo de la formalidad es tan alto que se estima que cerca del 70% de la PEA genera sus ingresos a través de una empresa informal); por lo que, antes de seguir cargándole mayores costos al sector privado formal, la RS debería promover el debate de cómo hacemos para bajar la valla de la formalidad e incorporar a ese gran número de personas y empresas que actualmente se encuentran excluidas.
  

Sin que ello implique la inhibición de la libre iniciativa de los emprendedores que han emergido a pesar del marasmo jurídico y burocrático. Algunos dicen que, dado que el Estado no puede asumir todos los aspectos que demanda la RS y, siendo la empresa privada la administradora de recursos sociales, es la empresa la encargada de asumir un rol más protagónico en la vida social a través de la RSEmpresarial.

RAZONES PARA DISCREPAR

  
Al respecto, a continuación expreso el por qué de nuestra discrepancia con dicha formulación. Primero, habría que evaluar si el Estado carece de los recursos económicos suficientes para atender las carencias sociales existentes o lo que habría que estudiar es cómo hacer un uso más adecuado de los recursos que le proporciona el sector privado (empresas, trabajadores, población en general) al Estado por medio del pago de impuestos.

La respuesta resulta hoy más que obvia, el Estado cuenta con recursos suficientes proporcionados por el sector privado formal pero, a su vez, existe una escasa capacidad gerencial para administrar apropiadamente dichos fondos y dirigirlos hacia la promoción de las actividades productivas generadas en el interior del país y, al mismo tiempo, para reducir significativamente las condiciones de pobreza existentes. La razón principal por la cual el Estado no cumple las funciones que se propone es que pretende hacerlo todo, en vez de permitir un mayor ejercicio de la libre iniciativa privada, de ser así, en caso de yerro, culpa o dolo, habría un responsable definido a quien el consumidor podría sancionar, en vez de la difusa responsabilidad del Estado.

Segundo, la empresa privada no administra recursos sociales, administra fondos proporcionados por privados que asumen un riesgo en el proceso de producción u ofrecimiento de un servicio que puede o no ser valorado como positivo por el conjunto social.

Tercero, el verdadero rol protagónico de la RS de la empresa es el de producir bienes y ofertar servicios de calidad; demás está decir que cumpliendo con la ley y asumiendo el costo de sus externalidades. Adicionalmente, toda empresa tiene el compromiso y la pretensión de subsistir a lo largo del tiempo, por ello, sus plazos son ilimitados en la mayoría de los casos.

Si una empresa desea mantenerse vigente y afrontar exitosamente el reto de la competitividad local o global, resulta lógico que, dentro de su propia estrategia de sostenibilidad, se haya propuesto desarrollar o incorporar tecnología moderna que, además de reducir costos de producción, sea ambientalmente amigable.

Sobre todo, si se tiene en cuenta que la opinión pública (consumidores de ciertos mercados, principalmente), muestra preocupación por las implicancias ambientales y sociales involucradas en las fases del proceso productivo, así como de la disposición de emisiones y residuos sólidos.

Cuarto, a diferencia de lo que se creía en el pasado, no es la empresa la que determina el costo de un bien o servicio sino el consumidor, quien finalmente decide a quién compra qué y con cuánto lo remunera. Esta pulsión ejercida entre todos los agentes sociales, expresada en la aplicación de la ley de la oferta y la demanda, es la que estimula el ingenio del emprendedor, la creación del inventor, la mejora tecnológica, las sinergias administrativas y, en este conjunto, hallar una oportunidad de negocio para alterar creativa y nuevamente el complejo tablero de ajedrez de la dinámica social.

Quinto, si la RS abandona su carácter voluntario o “autoimpuesto”, como señalan algunos, para convertirse en una norma más de aquéllas a las que la realidad les suele dar la espalda, pues su vigencia será de corto plazo.

Lamentablemente, hay quienes pretenden que la RS sea prerrequisito  para autorizar el intercambio de bienes y servicios entre estados; en el fondo, lo que nos están diciendo es: produce como yo te digo o no te compro.

No permitirán que lo hagamos como ellos lo hicieron para desarrollarse, sin cortapisas, por eso, ahora nos dicen: “Do not do as we did, do as we say”.

Sexto, a menos que la RS continúe redefiniéndose, transformándose en su esencia, aun cuando mantenga la misma denominación, podrá mantener su vigencia. Mientras la RS sea promovida como una estrategia de interpelación a las empresas, como una manera de ejercerles presión para obtener algún beneficio, económico o político, lo que realmente se  está haciendo es emplear un concepto con una finalidad subalterna.
  

Séptimo, hay quienes señalan que la RS es una ética de la producción que puede servir para encaminar la sociedad peruana hacia la integración. ¡Cuidado!, pretender que la conducta ética de las personas naturales puede proyectarse a las conductas corporativas es ciertamente riesgoso.

APUNTES ÉTICOS

El hacer analogías entre legítimas conductas individuales y las conductas que se deben observar al interior de las corporaciones puede resultar, por decir lo menos, arriesgado. En nombre de aún debatibles propuestas de RSE, ¿Algún funcionario podría éticamente disponer del usufructo de los bienes encomendados en administración por los propietarios? Son los propietarios quienes pueden otorgar libre disposición de sus bienes a favor de terceros, pero hacerlo directamente aludiendo a la RSE es pasar por alto la importancia de la propiedad privada como un derecho universal.

Las empresas, expresión jurídica de la libre iniciativa privada de las personas naturales, cumplen un rol social, proveer bienes y servicios que pueden ser valorados o no como de calidad y utilidad por la sociedad y, es el legítimo afán de lucro el que  incentiva a más personas a participar del arte de crear y proveer. Existen fundaciones que cumplen fines estrictamente sociales pero, aunque hubieren sido promovidas por empresas privadas o directamente por sus propietarios, una empresa nunca será una fundación ni viceversa, a menos que pretendan desvirtuar su esencia.

La conducta ética de las personas es intrínseca a las mismas y su valoración depende de ellas mismas. Por eso un principio jurídico universal dice: “Nadie está privado de hacer todo aquello que la ley no prohíbe”. Las corporaciones son instituciones que desarrollan sus propios códigos de ética en función del poder económico que se ejerce al interior de las mismas. Imaginemos las arbitrariedades que podrían cometerse si quien ejerce el poder al interior de una corporación considera que no es ético el divorcio por sus legítimas convicciones religiosas. La sanción “ética” de la corporación hacia el trabajador que se está divorciando podría ser el despido, la marginación para ser promovido. Otra corporación con igual libre percepción de la ética podría calificar de magra la RS de la institución que no decide sancionar al “infractor” o, peor aún, calificarla de promover conductas poco éticas. ¿Así podemos encaminar la pluralidad de nuestra sociedad hacia la integración? O es que en el reconocimiento de conductas plurales entre pares (dado que todos somos ciudadanos, naturales o corporativos) vamos a ir construyendo una auténtica integración en la diversidad.







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