En el Perú hay muchas trabas que impiden la transición energética. Esta situación se ve reflejada en la polémica desatada en los últimos días por la propuesta legislativa (dictamen de ley 2139-2021 CR, 3662-2022 CR, 4565-2022 PE y 4748-2022 CR) que tiene como objetivo acelerar el desarrollo de la energía solar.
De acuerdo con sus impulsores: el Poder Ejecutivo, la Sociedad Peruana de Energías Renovables (SPR) y las bancadas de Perú Democrático y Perú Libre, la iniciativa contribuirá a reducir las tarifas eléctricas para millones de hogares y miles de industrias. Además, ayudará a captar billones de dólares para proyectos solares (y eólicos) que “van a generar muchos puestos de trabajo y fortalecer al sistema eléctrico”, señaló Brendan Oviedo, presidente de la SPR.
Sin embargo, los opositores al proyecto: la Sociedad Peruana de Hidrocarburos (SPH), las distribuidoras eléctricas y las empresas gasíferas afirman que la norma debilitará la confiabilidad del sistema eléctrico e impactará negativamente en el consumo de gas natural, poniendo en riesgo la masificación de este energético en todo el Perú.
En esa línea, el investigador de Gerens Arturo Vásquez advirtió que la norma esconde un subsidio encubierto que será pagado por los usuarios eléctricos en sus recibos de luz ya que “el distribuidor va a tener que trasladar ese costo a las tarifas eléctricas”.
Estas posiciones fueron consideradas por la Comisión de Energía y Minas del Congreso en una sesión (8 de mayo) donde desaprobaron el dictamen de ley con 9 votos en contra, 8 a favor y 1 abstención.
Beneficios de la norma
Este proyecto de ley tiene como objetivo modificar las normas de contratación de las distribuidoras eléctricas para que los generadores solares tengan la posibilidad de participar activamente en las próximas licitaciones de energía para hogares y comercios, ya que en la actualidad los generadores de energía solar no pueden participar de forma independiente en estos concursos.
Esto, producto de una dificultad técnica, derivada de su imposibilidad para producir energía las 24 horas del día y, en especial, en horas punta (de 5 pm a 11 pm), como rige la ley.
Es por ello, que los generadores solares deben asociarse con otros generadores eléctricos, generalmente, térmicos a gas, para poder ofertar energía día y noche.
En esa línea, lo que hace el proyecto de ley es eliminar la obligación de contratar energía las 24 horas del día. De aprobarse, los generadores solares podrán ofertar por bloques horarios e ir solos a las licitaciones con un precio más bajo.