Por Stakeholders

Lectura de:

Alberto Ventura
Abogado asociado de Miranda & Amado en el área ambiental

A partir del próximo 1 de diciembre, las empresas que realizan actividades bajo la competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) deberán reportar las emergencias ambientales que ocurran en sus instalaciones usando el nuevo aplicativo llamado Estimador de Riesgos Ambientales de Emergencias o “ERA”.

Este aplicativo creado por OEFA, a propósito de la reciente modificación del Reglamento de Reporte de Emergencias Ambientales de esta entidad, permitirá que los administrados tengan mayor predictibilidad del tipo de emergencias que deben reportar ante OEFA.

De esta manera, se podrá contrarrestar la discrecionalidad que tenía el OEFA para determinar caso por caso qué emergencias o incidentes calificaban como reportables. Hasta antes de la creación del ERA, eran muy recurrentes las dudas  de las empresas acerca de qué tipo de emergencia reportar debido al concepto bastante general de “emergencia ambiental” establecido en la legislación vigente. Esta situación genera el inicio de procedimientos sancionadores y multas por no haber reportado emergencias que no necesariamente tienen carácter ambiental. 

El aplicativo ERA, en cambio, permitirá que los usuarios ingresen la información relevante de la emergencia ocurrida, pudiendo conocer en pocos minutos si están obligados o no a reportarla ante OEFA. Entre los datos y/o información que el administrado deberá ingresar a la aplicación se encuentran las coordenadas UTM de lugar exacto donde ocurrió el evento, fotos, videos y cualquier otro tipo de información requerida por el aplicativo para la estimación del riesgo ambiental.

Entre los aspectos que se evalúan en esta metodología para el reporte de emergencias ambientales están: (i) cantidad y peligrosidad del elemento liberado; (ii) tipo de sustancia involucrada; (iii) la extensión del área involucrada en el evento; (iv) la afectación de componentes ambientales; (v) la recurrencia del evento; entre otros. De esta manera, la metodología de estimación de riesgos en emergencias ambientales incluye la caracterización del ambiente, a través del análisis de información georreferenciada, considerando la existencia o no de áreas naturales protegidas, ecosistemas frágiles, cuerpos de agua continentales superficiales, entre otras fuentes de información relevantes.

Sin perjuicio de lo anterior, la modificación también señala que en aquellos casos donde no corresponda reportar la emergencia o incidente ocurrido ante OEFA, el administrado deberá comunicar siempre las acciones adoptadas, siendo exigible la activación del Plan de Contingencia del instrumento de gestión ambiental de la actividad en curso, según corresponda, atendiendo al sector y a la naturaleza del negocio.   







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