Susana Silva Hasembank, Coordinadora del Programa de Compliance y Buenas prácticas Corporativas en la Universidad Pacífico

Por Stakeholders

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Susana Silva Hasembank, Coordinadora del Programa de Compliance y Buenas prácticas Corporativas en la Universidad Pacífico, señaló que cuando esta actividad se hace con total transparencia, funciona como un engranaje entre los intereses privados y las autoridades políticas que toman decisiones.

Las relaciones e interacciones se han convertido es uno de los aspectos más difíciles y de mayor riesgo para las compañías a nivel general, especialmente en el Perú, donde existe una cultura muy débil de no tolerancia a la corrupción, la cual es vista como uno de los principales problemas del país.

Así lo señaló, Susana Silva Hasembank, Coordinadora del Programa de Compliance y Buenas prácticas Corporativas en la Universidad Pacífico, quien durante su participación en el IV Congreso Internacional de Compliance y Lucha Anticorrupción, habló sobre las ventajas de una gestión de intereses transparente, que permita una relación entre el Estado y las empresas sin ningún tipo de riesgo.

Al respecto, aseguró que los ámbitos de mayor riesgo en este tipo de relaciones se encuentran en materia de contrataciones, inversión pública y financiamiento privado de partidos políticos. Por ello, sostuvo que es importante consolidar una buena gestión de intereses, o Lobby como también se le conoce, que es una actividad legal y que puede funcionar como un engranaje entre los intereses privados y las autoridades políticas que toman decisiones.

Afirmó que la gestión de intereses debidamente realizada y con total transparencia constituye una actividad legítima ante la administración pública. Por ello, indicó que el Lobby debe ser regulado para que se produzca de manera equitativa, correcta y transparente.
Sobre este punto, explicó que el Nuevo Reglamento de la Ley de Gestión de Intereses garantiza transparencia a los actos de esta gestión ante la administración pública, y precisa que cada entidad tiene la obligación de identificar con nombre y apellido a los funcionarios con capacidad de decisión pública.

Comentó que este nuevo reglamento dispone que el funcionario está obligado a identificar y registrar los actos relacionados con la gestión de intereses, a la vez que establece los lineamientos éticos para quienes realicen este tipo de actividades, bajo responsabilidad civil o penal.

Destacó que esta es una actividad legítima y necesaria, pero para garantizar su legitimidad requiere la transparencia como condición sine qua non. Por ello recomendó que es necesario que se culmine el proceso digital que permita uniformizar el registro de visitas en línea. Asimismo reiteró que se deben incluir las “visitas virtuales” y las distintas formas de “gestión virtual” en el proceso de regulación de las gestiones de intereses.

Por último, puntualizó que hay que desmitificar el Lobby como un concepto negativo y que debe ser visto como un elemento útil, si está regulado, es transparente y se encuentra bien informado. DRA







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