El Ministro del Ambiente, Antonio Brack Egg, anunció hoy que su portafolio ministerial iniciará estrechas coordinaciones con la Fiscalía de la Nación, a fin de…
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Asimismo, el titular del sector ambiental indicó que las sanciones se aplicarán de manera severa cuando ciudadanos irresponsables cometan acciones como la depredación de especies protegidas, dañen los bosques intangibles y las reservas naturales, así como el tráfico de árboles maderables. Las penas se aplicarán a partir del 1 enero de 2009.
Cabe precisar que la Primera Disposición Final de la Ley Nº 29263, establece que el artículo 4 y la 1º Disposición Complementaria deben ser reglamentadas, en consecuencia teniendo en consideración que precisamente el artículo 4 de la Ley sustituye el artículo 149 de la Ley General del Ambiente, le corresponde al sector ambiental, elaborar la reglamentación correspondiente. Por ello, el Ministerio del Ambiente conformará una comisión con la finalidad de presentar una propuesta de Reglamento.
No obstante, consideró que, más allá de la aplicación de sanciones o el carácter disuasivo de las mismas, se necesita establecer en el país una real conciencia de preservación ambiental para no sancionar el delito cometido, sino más bien evitar que se cometa.