El gobierno peruano oficializó, a través del Decreto Supremo N.º 022-2025-JUS, publicado en El Peruano, dispuso que los adolescentes de 16 y 17 años puedan ser procesados como adultos cuando cometan delitos de alta gravedad, como homicidio, violación sexual, terrorismo o narcotráfico. La norma, publicada el 5 de noviembre, modifica el reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.
La medida busca endurecer la respuesta del Estado frente a la criminalidad juvenil, pero sin eliminar los principios de protección diferenciada. Aunque los menores serán juzgados en el sistema penal ordinario, mantendrán derechos y garantías especiales, incluyendo un tratamiento penitenciario enfocado en la rehabilitación y la reinserción social.
¿Qué implica el cambio de normativa para los adolescentes de 16 y 17 años en el Perú?
De acuerdo con el decreto, más de 30 delitos graves están contemplados dentro de esta medida, entre ellos homicidio simple y calificado, lesiones graves, secuestro, violación sexual, tráfico ilícito de drogas, terrorismo, sicariato, extorsión, trata de personas, robo agravado y organización criminal. En estos casos, los adolescentes podrán ser procesados en el sistema penal ordinario, recibiendo sanciones equivalentes a las de un adulto.
No obstante, el Gobierno aclaró que el nuevo marco legal mantiene ciertos principios de protección diferenciada. Aunque los adolescentes serán juzgados como adultos, seguirán bajo el principio del interés superior del menor, lo que implica un tratamiento penitenciario especializado, orientado a la rehabilitación y reinserción social. El Estado buscará preservar su integridad y asegurar un entorno penitenciario adecuado a su condición.
La norma incorpora además el principio de flexibilización, establecido en el artículo 5-A del decreto, que permite asignar a cada adolescente un régimen penitenciario adaptado a su perfil personal. Esto significa que no se aplicará de manera automática el modelo progresivo tradicional para mayores de edad, sino que se diseñará una respuesta individualizada en función del contexto familiar, social y psicológico del menor.
Asimismo, se implementará un sistema de individualización científica para jóvenes entre 16 y 21 años, mediante el cual se evaluarán factores como edad, entorno, desarrollo psicológico y antecedentes. Este proceso determinará tanto el tipo de tratamiento penitenciario como el lugar más adecuado para el cumplimiento de la condena.
¿Qué señala el Ejecutivo con esta medida?
El Ejecutivo explicó que esta disposición se alinea con una política de endurecimiento frente a la criminalidad juvenil, impulsada por el incremento de delitos graves cometidos por menores. Sin embargo, reiteró que el enfoque del sistema seguirá siendo rehabilitador y diferenciado, en cumplimiento de los estándares nacionales e internacionales sobre los derechos del niño.
En palabras del Ministerio de Justicia, la reforma busca “responder con firmeza a los delitos de alto impacto sin renunciar a la protección y reinserción de los adolescentes infractores”. Con la promulgación del Decreto Supremo N.º 022-2025-JUS, el Estado peruano marca un nuevo rumbo en su política penal juvenil, combinando medidas de seguridad pública con un enfoque humanizado de justicia.









