Por Stakeholders

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Los casos de corrupción, hechos públicos en el Perú están generando un cambio normativo para combatir el soborno el cual cada vez más empresas peruanas están interesadas en aplicarlo, manifestó, Pamela Castillo, Certification Manager de SGS compañía líder mundial en inspección, verificación, ensayos y certificación.

La experta explico que el próximo año entrará en vigencia el decreto legislativo 1352, que en caso de corrupción mediante soborno permite a  las empresas ser eximidas y en el caso que se cometa un delito el proceso judicial no se le atribuiría directamente a la persona jurídica, pero si al funcionario que cometió el delito.

La normativa menciona que una circunstancia atenuante de la responsabilidad de la persona jurídica se podría dar cuando la empresa adopte e implemente un modelo de prevención después de la comisión del delito o la implemente antes del inicio del juicio oral del acusado.

En concordancia con ello, ya está en vigencia la norma internacional de Gestión Antisoborno ISO 37001, que permite implementar planes antisoborno en las empresas privadas, instituciones públicas y ONGs.

La experta destacó que a la fecha existen más de 50 empresas interesadas en incorporar la normativa en su gestión, mientras que otras 18 pertenecientes al sector público y energía ya la están implementando.

“Esta nueva figura en la comisión del soborno ha causado mucha expectativa en las empresas, las cuales ven con buenos ojos la implementación de dicha norma, ya que representa una muy buena oportunidad para prevenir y combatir los actos de corrupción, así como crear conciencia dentro de la compañía. Asimismo, posibilita a la empresa poder deslindar responsabilidades en procesos penales por corrupción en el que se haya visto involucrado uno o varios de sus colaboradores”, aseveró.

Además, Castillo explicó que el decreto legislativo 1352 amplía el número de delitos e incluye el cohecho activo genérico (soborno a funcionario o servidor público que haga uso de sus funciones y brinde un beneficio que no corresponda) y el cohecho activo específico (soborno que da un funcionario público con capacidad de decisión que beneficie a un corruptor), además del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

“Los efectos del soborno en los negocios son alarmantes: incrementa los costos, disminuye la calidad y destruye la confianza de las instituciones. El país ha dado el primer paso asociándose con una norma internacional y estableciendo su propio marco nacional regulatorio local. Sin embargo, no se trata solo de promover una norma, sino de implementarla y establecer un cambio cultural. En la actualidad vemos que cada vez más empresas y entidades públicas están interesadas en aplicar medidas anti-soborno porque son conscientes del efecto pernicioso que esta mala práctica genera en las organizaciones», destacó.

Modelo preventivo

En la Ley se especifican cinco puntos que deberían ser implementados por las empresas para tener un modelo de prevención de delitos:

1.-Un encargado de prevención (designado por el órgano de administración más alto),

2.-Evaluación de riesgos de corrupción

3.-Procedimiento de denuncia mediante un canal de comunicación

4.-Capacitación a todos los colaboradores de la compañía

5.- Monitoreo continuo.

“Prueba del interés que están teniendo las empresas es el trabajo que SGS mediante su Centro de Formación, SGS Academy, que viene realizando a personal de diversas compañías, quienes liderarán estos nuevos planes y medidas antisoborno. Este tema está convirtiéndose en tendencia y se viene implementando cada vez más en la región”, manifestó.

 







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